Para orar: mañana continúa la discusión sobre el aborto en la Suprema Corte de México

Fuente: El Universal 26/09/2011 0 comentarios

Para orar: mañana continúa la discusión sobre el aborto en la Suprema Corte de México

26 de septiembre, 2011, María de la Luz González .Tres años después de avalar la reforma que despenalizó el aborto en el Distrito Federal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) regresa al tema, para revisar las reformas constitucionales de Baja California y San Luis Potosí, que establecen el derecho a la vida desde la concepción. Los proyectos de sentencia del ministro Fernando Franco plantean la inconstitucionalidad de las enmiendas, por atentar contra la dignidad y los derechos fundamentales de las mujeres, particularmente su libertad y salud reproductiva, además de ser contrarias a la Constitución federal.

Reformas similares a las de Baja California y San Luis Potosí, que establecen una protección absoluta a la vida prenatal desde la concepción o fecundación, fueron aprobadas por otros 16 congresos locales tras la despenalización parcial del aborto en el Distrito Federal, avalada por la Corte en 2008.

Las entidades que aprobaron este tipo de enmiendas son, además de los dos casos en estudio ante la Corte, Chihuahua, Sonora, Morelos, Colima, Puebla, Jalisco, Durango, Nayarit, Quintana Roo, Campeche, Guanajuato, Yucatán, Querétaro, Oaxaca, Chiapas y Tamaulipas.

Los proyectos que el pleno del máximo tribunal comenzará a estudiar este lunes plantean que los congresos locales no pueden establecer en sus constituciones esa protección a la vida en contravención de la Carta Magna, que no la contempla, y de tratados internacionales en la materia.

Los ministros deberán resolver si es constitucional otorgar el carácter de individuo (persona humana) al concebido desde el momento de la concepción (o fecundación, pues las reformas equiparan estas dos etapas gestacionales) y reputarlo como nacido para todos los efectos legales, hasta su muerte nacional o no inducida.

Los proyectos del ministro Franco plantean que esa pretensión no es válida, puesto que la Carta Magna t los tratados internacionales no consideran a los no nacidos como personas o sujetos jurídicos, sino como bienes jurídicamente protegidos.

“Aun cuando un cigoto califica como un organismo humano, no se le puede considerar razonablemente como persona o individuo (es decir, como sujeto jurídico o normativo), de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o los tratados internacionales”, sostienen.

Las reformas impugnadas también serían contrarias a otra regulación federal: la Norma Oficial Mexicana que ordena a todos los centros de salud proveer anticoncepción de emergencia a mujeres violadas en las 120 horas posteriores al hecho, que también fue avalada por la Corte en 2010.

El Universal

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