Puerto Rico tipifica como asesinato la muerte del concebido no nacido

Fuente: Redacción UC 13/02/2026 0 comentarios

Puerto Rico tipifica como asesinato la muerte del concebido no nacido

PUERTO RICO. 13 de febrero de 2026. La gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer González Colón, firmó este 12 de febrero de 2026 la Ley 18-2026, que establece que el delito de asesinato incluirá al “concebido no nacido” en cualquier etapa de gestación dentro del útero materno.

La medida fue aprobada por la Asamblea Legislativa y se convirtió en ley.

La reforma modifica el Artículo 92 del Código Penal, alineándolo con la anterior Ley 166-2025 —conocida como Ley Keishla Madlane— que ya tipificaba como asesinato en primer grado cuando a una mujer embarazada se le causa la muerte con conocimiento y propósito, y esto también resulta en el fallecimiento del concebido en cualquier etapa de gestación.

Desde La Fortaleza, la gobernadora explicó que la intención de la nueva legislación es mantener coherencia entre las disposiciones civiles y penales al reconocer al concebido no nacido como parte del concepto jurídico de “ser humano”. Las autoridades argumentan que así se fortalece la protección legal de la vida desde las etapas más tempranas de gestación y se armoniza el marco penal vigente.

La reforma fue introducida como parte del Proyecto del Senado 923 y enviada por la gobernadora a la Asamblea el pasado 12 de enero, recibiendo el respaldo de la mayoría legislativa.

Grupos conservadores y defensores de los derechos pro-vida celebran el cambio como un avance significativo para la protección del concebido no nacido. Para ellos, es un paso hacia la consolidación de políticas que defiendan la vida desde la concepción.

Aunque autoridades del gobierno han insistido en que la nueva ley no cambia el estatus legal del aborto, que sigue siendo un procedimiento regulado y permitido en Puerto Rico, críticos consideran que esta clase de reformas normativas sientan las bases para futuras restricciones más amplias. 


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